Sentencia N° 1412 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de marzo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1412, Exp. 11-0920, 10/08/2011
Expediente11-0920
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-03-17
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por Wanergen Alberto Caridad Ávila, a través de su abogado, en relación a la sentencia de la Sala de Casación Social que declaró inadmisible el control de la legalidad de una decisión laboral. La Sala consideró que la revisión de sentencias es una vía extraordinaria y que la inadmisibilidad del recurso no constituye violación del derecho a la defensa. Finalmente, se declaró no ha lugar a la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

La presente solicitud de revisión constitucional de sentencia, versa respecto a la decisión n.°: 0260 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 17 de marzo de 2011, mediante la cual se declaró inadmisible el control de la legalidad interpuesto por el recurrente, contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 17 de enero de 2011, que declaró sin lugar el recurso de apelación intentado contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, de fecha 11 de noviembre de 2010, mediante la cual se declaró sin lugar la demanda que, por cobro de prestaciones sociales, interpuso el hoy solicitante de la revisión constitucional contra Servicios de Carga y Descarga Pedro Marín, C.A., y el ciudadano Pedro Marín.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión planteada por el abogado Guillermo Miguel Reina Hernández, actuando con el carácter de apoderado judicial de WANERGEN ALBERTO CARIDAD ÁVILA, de la sentencia n.°: 0260, dictada el 17 de marzo de 2011, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró inadmisible el control de la legalidad intentado por el referido ciudadano contra la sentencia dictada el 17 de enero de 2011, por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

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