Sentencia N° 139 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de marzo de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 139, Exp. 14-1286, 03/03/2015
Expediente14-1286
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-03-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión interpuesta por María Georgina Quevedo contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Lara, que había declarado sin lugar su demanda por cobro de prestaciones sociales, alegando prescripción. La Sala constató que la decisión impugnada violó el derecho a la tutela judicial efectiva y el principio in dubio pro operario, ya que no se consideraron actos que interrumpieron la prescripción de la acción laboral. En consecuencia, se declaró con lugar la solicitud de revisión, se anuló la sentencia recurrida y se ordenó que otro Juzgado Superior del Trabajo resolviera la apelación conforme al criterio establecido en el fallo.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, respecto al caso que ocupa la presente solicitud de revisión en contra de la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara el 08 de noviembre de 2010, la misma contribuirá a la uniformidad de la interpretación de normas o principios constitucionales, en atención al principio in dubio pro operario, consagrado en el numeral 3 del artículo 89 de nuestra Carta Magna por lo que se declara que ha lugar a la solicitud planteada y, en consecuencia, se anula dicho fallo y se ordena que otro Juzgado Superior del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial resuelva la apelación interpuesta, conforme al criterio establecido en el presente fallo.
Dispositiva
PRIMERO: HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Miguel Orlando Torres Duque, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA GEORGINA QUEVEDO, contra la sentencia dictada, el 08 de noviembre de 2010, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con ocasión de la demanda que por cobro de prestaciones sociales fue incoada por la solicitante contra la Distribuidora El Triunfo 2020, C.A. SEGUNDO: Se ANULA la sentencia objeto de la presente solicitud de revisión. TERCERO: Se ORDENA que otro Juzgado Superior del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial resuelva la apelación interpuesta, conforme al criterio establecido en el presente fallo.