Sentencia N° 1384 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de octubre de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 1384, Exp. 11-0655, 09/08/2011
Expediente11-0655
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-10-08
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por Lionel Rodríguez Álvarez, quien impugnó la sentencia N° 1094 dictada por la Sala de Casación Social. La revisión se fundamentó en la alegación de violación del debido proceso, ya que no se incluyó el voto salvado de un magistrado en la sentencia publicada. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que la decisión impugnada no contradecía la normativa y que la solicitud de revisión no contribuiría a la uniformidad de la interpretación de normas constitucionales.

Extracto de la motiva

La revisión solicitada se encuadró en el supuesto de procedencia relativo a la violación de principios constitucionales en la sentencia objeto de revisión. En el presente caso, se pretende la revisión de una decisión dictada el 8 de octubre de 2010, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró sin lugar el recurso de casación intentado por el hoy solicitante en revisión, alegando violación al debido proceso por cuanto en el acta de audiencia consta que el Magistrado Juan Rafael Perdomo, anunció su voto salvado, y que la sentencia fue publicada sin el referido voto. Esta Sala expresó en sentencia del 2 de marzo de 2000 (Caso: Francia Josefina Rondón Astor) que en materia de revisión, esta Sala posee facultad discrecional, y tal potestad puede ser ejercida sin motivación alguna, cuando en su criterio, constate que la decisión que ha de revisarse, en nada contribuya a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales, ni constituya una deliberada violación de preceptos de ese mismo rango.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la revisión interpuesta por el ciudadano LIONEL RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, asistido por los abogados Álvaro Farías Esteves y Osmar Rafael Vásquez García, contra la sentencia N° 1094, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el 8 de octubre de 2010. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

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