Sentencia N° 1381 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1381, Exp. 19-0683, 09/10/2023
Expediente19-0683
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-10-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Tribunal Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Juan Carlos Blanco Ázcarate. La Sala encontró que la decisión del tribunal inferior había vulnerado derechos constitucionales al no permitir la ejecución de una providencia administrativa que ordenaba el reenganche y pago de salarios caídos, tras el incumplimiento de la empresa demandada. En consecuencia, se declaró con lugar la revisión y se anuló la sentencia recurrida, ordenando a otro tribunal que dictara una nueva decisión conforme a lo expuesto en la presente sentencia.

Extracto de la motiva

motiva. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.”. El 20 de noviembre de 2019, se dio cuenta en Sala del presente expediente y se designó la ponencia al entonces magistrado Juan José Mendoza Jover. El 5 de febrero de 2021, se reconstituyó esta Sala Constitucional en virtud de la elección de la nueva Junta Directiva de este Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, quedó integrada de la siguiente manera: magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, presidenta; magistrado Arcadio Delgado Rosales, vicepresidente; y los magistrados y magistradas Carmen Zuleta de Merchán, Juan José Mendoza Jover, Calixto Antonio Ortega Ríos, Luis Fernando Damiani Bustillos y René Alberto Degraves Almarza. El 27 de abril de 2022, se constituyó esta Sala Constitucional en virtud de la incorporación de los magistrados y magistradas designados por la Asamblea Nacional en sesión ordinaria celebrada el 26 de abril de 2022, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 6.696 Extraordinario de fecha 27 de abril de 2022, quedando integrada de la siguiente forma: magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, presidenta, magistrada Lourde

Dispositiva

1.- HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por el ciudadano JUAN CARLOS BLANCO ÁZCARATE de la sentencia dictada el 30 de mayo de 2019, por parte del Tribunal Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- En consecuencia, se ANULA la sentencia dictada el 30 de mayo de 2019, por parte del Tribunal Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 3.- Se ORDENA que otro Tribunal Superior del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, previa distribución dicte nueva sentencia, con arreglo a lo expuesto en la presente decisión.

Palabras clave

revisión constitucionalderechos laboralesreenganchesalarios caídosdenegación de justicia

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