Sentencia N° 1369 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de octubre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1369, Exp. 07-0784, 21/10/2009
Expediente07-0784
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-10-21
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión de una sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Sucre. La revisión fue solicitada por Coca-Cola Femsa de Venezuela, S.A. en relación a una decisión que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido presentada por Cruz Manuel González. Posteriormente, el apoderado judicial de Coca-Cola Femsa desistió de la revisión tras llegar a un acuerdo con los herederos del demandante, lo que llevó a la Sala a homologar dicho desistimiento.
Extracto de la motiva
El caso que nos ocupa versa sobre una solicitud de revisión de la sentencia dictada el 30 de noviembre de 2006, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. El artículo 336, cardinal 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece lo siguiente: “Son atribuciones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: Revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva”. Así, dentro de las potestades atribuidas en la Constitución de 1999 en forma exclusiva a esta Sala Constitucional, se encuentra la de velar y garantizar la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, a los fines de garantizar la uniformidad en la interpretación de los preceptos fundamentales y en resguardo de la seguridad jurídica.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, HOMOLOGA el desistimiento formulado por el abogado Marlon M. Meza Salas, en su condición de apoderado judicial de COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., respecto de la revisión solicitada por dicha empresa de la decisión dictada el 30 de noviembre de 2006 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Publíquese y notifíquese. Archívese el expediente.