Sentencia N° 134 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de febrero de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0134, Exp. 17-1215, 09/02/2018
Expediente17-1215
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-02-09
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, decidió no ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por la sociedad mercantil MI.DI., C.A. contra la sentencia n.° 0594 de la Sala de Casación Social, que había declarado sin lugar un recurso de casación. La revisión se fundamentó en alegaciones de violación al derecho a la defensa y al debido proceso, así como en errores en la valoración de pruebas y en la carga probatoria en materia laboral. La Sala destacó que la revisión no es un medio para corregir injusticias, sino para mantener la uniformidad de criterios constitucionales. Se reafirmó que la carga de la prueba en materia laboral depende de la forma en que las partes contesten la demanda, y que la Sala de Casación Social actuó dentro de su competencia al no considerar las alegaciones de la parte recurrente como válidas para la revisión. Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la decisión, archiving el expediente correspondiente.

Extracto de la motiva

Consumada la necesaria y amplia trascripción que antecede, se distingue de forma diáfana y sencilla que la recurrida, en observancia al contenido del artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como en el criterio jurisprudencial citado por el formalizante para sustentar la presente delación, expresamente señala que ‘quien lo alegue debe demostrar tales prácticas simulatorias o en fraude a la ley; por cuanto por regla general la buena fe se presume, lo contrario requiere ser demostrado, y esa prueba corresponde a quien la alega en procura de descalificar a su contrario’, advirtiendo luego ‘esta alzada observa que como quedó plenamente establecido supra, tanto la parte demandada como la actora debían demostrar sus afirmaciones sobre los presuntos elementos de fraude en los que se desarrollo la relación laboral’, expresión concreta y precisa que conlleva a determinar que lo expuesto por el formalizante se ampara sobre un argumento falso o inexistente, ya que la recurrida no estableció, en forma alguna, que la carga de la prueba en actos simulatorios correspondía a la representación de la parte accionada y no a la representación del trabajador; por el contrario, expresamente indicó que las partes, ambas, tenían la carga de demostrar sus afirmaciones sobre este punto relativo a los elementos fraudulentos sobre los cuales se desarrolló la relación de trabajo. En consecuencia, y visto que lo planteado se desvirtúa con el contenido de la recurrida, y al ser inexistente el argumento sobre el cual se ampara lo acusado, se debe desestimar la presente denuncia. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional, intentada por la representación judicial de sociedad mercantil MI.DI., C.A., supra identificada, de la sentencia n.° 0594, del 10 de julio de 2017, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

carga de la pruebasimulaciónrelación laboralfraudeultrapetitadecisión judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca