Sentencia N° 1333 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1333, Exp. 06-1744, 27/06/2007
Expediente06-1744
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una sentencia de la Jueza Décimo Octava de Municipio que desaplicó el artículo 647, letra g, de la Ley Orgánica del Trabajo, argumentando su inconstitucionalidad. La Jueza consideró que dicha norma colidía con los derechos establecidos en la Constitución, específicamente en relación al derecho al juez natural y la imposición de sanciones. La Sala, al ejercer control difuso de la constitucionalidad, ratificó la decisión de desaplicación, afirmando que la imposición de arresto es competencia exclusiva del Poder Judicial y no de funcionarios administrativos.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, en veredicto n.° 1400 del 8 de agosto de 2001, determinó lo siguiente: '...el juez constitucional debe hacer saber al Tribunal Supremo de Justicia sobre la decisión adoptada, a los efectos del ejercicio de la revisión discrecional atribuida a la Sala Constitucional conforme lo disponen los artículos 335 y 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.' Así, corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la revisión del acto jurisdiccional que expidió la Jueza Décimo Octava de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 31 de octubre de 2006, mediante la cual decretó la desaplicación del artículo 647, letra g, de la Ley Orgánica del Trabajo. Así se declara. En el asunto bajo examen, la precitada Jueza de Municipio, remitió a esta Sala el acto de juzgamiento por el cual declaró la inaplicación del artículo 647, letra g, de la Ley Orgánica del Trabajo, bajo la consideración de que la referida norma colidía con el contenido de los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República. Para su juzgamiento, la Sala estima pertinente la expresión de las siguientes consideraciones: El artículo 647, letra g, de la Ley Orgánica del Trabajo, establece: 'Artículo 647. El procedimiento para la aplicación de las sanciones estará sujeto a las normas siguientes: g) Si el multado no pagare la multa dentro del término que hubiere fijado el funcionario, éste se dirigirá de oficio al Juez de Municipio o Parroquia del lugar de residencia del multado, para que dicha autoridad le imponga el arresto correspondiente. En todo caso, el multado podrá hacer cesar el arresto haciendo el pago.' Esta Sala Constitucional, mediante sus actos decisorios n. 379 y 380 de 3 de marzo de 2007, posteriormente ratificados mediante las sentencias n. 803 y 804 de 4 de mayo de 2007 falló, con efectos vinculantes, la conformidad a derecho de la desaplicación del artículo 647, letra g, de la Ley Orgánica del Trabajo.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, juzga CONFORME A DERECHO la sentencia que pronunció, el 31 de octubre de 2006, la Jueza Décimo Octava de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual desaplicó, por control difuso, la norma que contiene el artículo 647, letra g, de la Ley Orgánica del Trabajo, en la solicitud de arresto que interpuso la ciudadana Débora Espinoza, Inspectora Jefe del Trabajo (E) en el Distrito Capital, Sede Norte, contra el INSTITUTO MUNICIPAL DE PUBLICACIONES. Se ORDENA la remisión de copia certificada del presente fallo al Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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