Sentencia N° 1293 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de agosto de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1293, Exp. 08-0787, 13/08/2008
Expediente08-0787
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-08-13
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 13 de agosto de 2008, declaró no ha lugar la revisión interpuesta por el ciudadano Alí Augusto Calanche Mendoza, a través de su apoderada judicial, contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró inadmisible su querella funcionarial. La Sala fundamentó su decisión en que la revisión no constituye una tercera instancia y que el criterio aplicado por la Corte Contenciosa no contradecía la jurisprudencia de la Sala Constitucional.

Extracto de la motiva

La presente solicitud de revisión ha sido presentada contra la decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 19 de marzo de 2007, en la cual anuló la sentencia dictada, el 22 de junio de 2005, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, y declaró inadmisible la querella funcionarial interpuesta por el hoy solicitante. En tal sentido, se observa que la revisión a que hace referencia el artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ejerce de manera facultativa esta Sala Constitucional, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Ello es así, por cuanto la facultad de revisión no puede ser entendida como una nueva instancia, ya que la misma sólo procede en casos de sentencias que han agotado todos los grados jurisdiccionales establecidos por la ley y, en tal razón, tienen la condición de definitivamente firmes.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la revisión interpuesta por la abogada Sharine Suzan Fernández Hernández, actuando en el carácter de apoderada judicial del ciudadano ALÍ AUGUSTO CALANCHE MENDOZA, contra la sentencia número 2007-000655 del 19 de marzo de 2007, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

revisión constitucionalcaducidadquerella funcionarialprestaciones socialesderecho a la defensajurisprudenciasupremacía constitucional

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