Sentencia N° 1292 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de julio de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1292, Exp. 11-0777, 27/07/2011
Expediente11-0777
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-07-27
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la apelación interpuesta por la sociedad mercantil Plaza Hotel C.A. contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala fundamentó su decisión en que la parte actora había agotado el recurso ordinario de apelación, el cual fue declarado sin lugar, y no había interpuesto el recurso de control de legalidad correspondiente.
Extracto de la motiva
En el caso de autos se observa que la representación judicial de la quejosa propuso pretensión de tutela constitucional contra el acto decisorio que dictó el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 09 de diciembre de 2011, el cual, entre otras cosas, declaró sin lugar la cuestión prejudicial que había propuesto su representada y parcialmente con lugar la demanda que, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoó la ciudadana Milagros Josefina Ylarraza en su contra. Como fundamento de su pretensión, la representación judicial de la pretensora de tutela constitucional delató la violación a los derechos a la igualdad, a la tutela judicial eficaz, al debido proceso y a la defensa de su patrocinada, que establecen los artículos 21, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua la condenó, en la dispositiva, al pago de un monto, sin que hubiese expresado los conceptos que comprendía, y sin que se relacionara con lo que había sido peticionado.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación que interpuso la parte actora contra el fallo que dictó el Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 23 de mayo de 2011. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión objeto de apelación que declaró la inadmisibilidad de la pretensión de tutela constitucional que incoó la sociedad mercantil PLAZA HOTEL C. A., contra el acto de juzgamiento que dictó el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 09 de diciembre de 2010. En consecuencia se declara la inadmisibilidad de la pretensión de tutela constitucional. No hay condenatoria en costas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Palabras clave
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