Sentencia N° 1223 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de septiembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1223, Exp. 09-0691, 30/09/2009
Expediente09-0691
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-09-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Jean Carlos Aguilar Galíndez contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala confirmó la decisión del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo que había declarado con lugar la acción de amparo, ordenando el reenganche y pago de salarios caídos a favor del accionante. La Sala consideró que se había agotado la vía administrativa y que la acción de amparo cumplía con los requisitos legales.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo, constató que el procedimiento administrativo había sido agotado, lo que habilitaba al accionante para interponer el recurso. Se destacó que la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo había ratificado la sentencia del Juzgado Superior que ordenaba el cumplimiento de la Providencia Administrativa emitida por la Inspectoría del Trabajo. La Sala enfatizó la importancia de la caducidad de la acción de amparo y la necesidad de respetar los derechos y garantías constitucionales en el proceso.
Dispositiva
Por lo expuesto, esta Sala Constitucional declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil EMBOTELLADORA TEREPAIMA, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, el 11 de marzo de 2009, que declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano Jean Carlos Aguilar Galíndez. Se confirma la decisión apelada.