Sentencia N° 1211 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1211, Exp. 07-0539, 25/06/2007
Expediente07-0539
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-25
DecisiónHomologa el desistimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia del 25 de junio de 2007, homologó el desistimiento de la solicitud de revisión interpuesta por Bellota Herramientas, S.A. a través de su apoderado judicial, Carlos E. Aponte G. La solicitud de revisión se refería a una sentencia del Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo que había declarado con lugar la calificación de despido de un trabajador. La Sala determinó su competencia para conocer la solicitud y validó el desistimiento, considerando que no afectaba el orden público ni las buenas costumbres.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al examinar la solicitud de revisión, constató que el abogado Carlos E. Aponte G. tenía facultad expresa para desistir de la acción. Se observó que el desistimiento no involucraba el orden público ni las buenas costumbres, por lo que se homologó. La decisión se fundamentó en la capacidad subjetiva y objetiva del apoderado para desistir de la solicitud de revisión, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO efectuado en la solicitud de revisión que interpuso el abogado Carlos E. Aponte G., con el carácter de apoderado judicial de BELLOTA HERRAMIENTAS, S.A., respecto a la decisión dictada el 29 de septiembre de 2006, por el Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, la cual confirmó la sentencia apelada dictada el 31 de mayo de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y declaró con lugar la calificación de despido solicitada por el ciudadano Francisco José Ramón de Sousa.

Palabras clave

desistimientorevisión constitucionaldespido injustificadotrabajador de direcciónjurisdicción laboralindemnizaciónderecho a la defensa

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