Sentencia N° 1200 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de octubre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1200, Exp. 12-0027, 03/10/2014
Expediente12-0027
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un oficio de la Defensora Pública Provisoria Primera, Teresa Elizabeth López Cruz, en representación de Dilia García Mayora, quien solicitó asistencia técnica para consignar un escrito ante la Sala. En el oficio se menciona un desacato relacionado con un fallo anterior de la Corte Accidental y se solicita la toma de medidas pertinentes ante la situación presentada. La Sala considera necesario que la Defensa Pública informe si la actuación consistió en un mero trámite o si se trata de una nueva solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

La Sala considera necesario, a la luz de las normas anteriormente citadas, solicitar a la Defensa Pública informe a esta Sala dentro de los diez (10) días siguientes de haber recibido la comunicación respectiva si la actuación que consistió en consignar un escrito supuso para dicha institución sólo el mero trámite de elaborar un oficio al cual se hizo acompañar un escrito redactado por la ciudadana Dilia García Mayora (quien no es abogada), si se trata de una nueva solicitud de revisión o si lo que se pretende es una especie de ejecución de la decisión que esta Sala habría dictado anteriormente. La duda surge en virtud de que el expediente en el que se tramitó una solicitud de revisión constitucional presentada por dicha ciudadana ante esta Sala (el cual fue identificado con el número 12-0027) ya no hay una causa en curso que permita interponer alguna otra pretensión, pues en el mismo fue resuelta la petición planteada; por tal motivo, contra la decisión objetada podría, en todo caso, plantearse una nueva solicitud de revisión mediante la interposición de un escrito estructurado y ordenado debidamente, para lo cual se debe prestar la asesoría debida, y el cual sería tramitado en un expediente distinto.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y notifíquese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

defensa públicarevisión constitucionalsentenciadesacatotribunal supremo

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