Sentencia N° 1189 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1189, Exp. 18-0401, 14/08/2023
Expediente18-0401
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por Gritzko Gabriel Terán Mogollón contra la decisión de la Sala Única de la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer, que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. La Corte de Apelaciones argumentó que la falta de designación de un defensor público no representaba una amenaza posible y realizable para el demandante, dado que el recurso de apelación no estaba en trámite debido a la suspensión del asunto penal por remisión al tribunal de origen para correcciones. La Sala Constitucional confirma esta decisión, enfatizando la importancia de la asistencia legal en los procedimientos de amparo y la necesidad de evitar reposiciones inútiles en el proceso judicial.

Extracto de la motiva

De tal manera la acción de amparo no se admitirá cuando la amenaza contra el derecho o garantía constitucional no es posible y realizable por el presunto agraviante, supuestos que se perfeccionan en la presente pretensión de amparo, debido que el trámite de librar las [b]oletas de [n]otificación a las partes realizado por el Tribunal de Instancia fue el ordenado por esta Corte de Apelaciones y dicho trámite es de mera sustanciación no lesiona algún derecho al presunto agraviado; asimismo los aspectos relacionados con la asistencia jurídica ante la Corte de Apelaciones solo pueden ser planteados ante dicha Corte en el asunto respectivo, razonamientos por los cuales, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental, actuando en sede [c]onstitucional, considera que lo procedente en este caso, es declarar INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional propuesta por el ciudadano Gritzko Gabriel Terán Mogollón, contra el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Lara. Y así se decide.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación ejercida contra la decisión de fecha 13 de abril de 2018, dictada por la Sala Única de la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental. 2.- CONFIRMA, en los términos expuestos la decisión. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen.

Palabras clave

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