Sentencia N° 112 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0112, Exp. 18-0808, 16/04/2021
Expediente18-0808
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-04-16
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional interpuesta por Ismael Medina Pacheco contra la sentencia N° 00799 dictada el 4 de junio de 2014. La decisión se basa en que la solicitud ya había sido objeto de un pronunciamiento previo, lo que genera cosa juzgada. Se argumenta que no se vulneraron los derechos a la defensa y al debido proceso del solicitante, ya que la Sala Político-Administrativa valoró adecuadamente el contenido de los documentos presentados por el recurrente.
Extracto de la motiva
motivación es falsa y atentatoria contra la elemental lógica, porque si el suscrito no era titular del cargo de juez [entonces] e[ra] imposible que se [l]e ordenara hacer entrega del tribunal que el suscrito regentaba a otro juez y que se [l]e ordenara abstener[se] de dar despacho (…)” (negrillas del escrito). Que “(…) [l]a sentencia contra la cual solicito (sic) [la] revisión declaró nulos los actos de remoción impugnados, o sea, que sig[ue] siendo juez de por vida, pero no reincorporado al cargo de juez. Esa decisión no produce cosa juzgada, es contradictoria y como tal es contraria a derecho, porque [es] (…) funcionario sin funciones (…)”. Que “(…) [e]se desequilibrio procesal dio lugar a[l] menoscabo del derecho a la defensa y al debido proceso. Por ello, en relación a los actos administrativos que causaron e involucraron la remoción de [su] cargo de juez, que obtuv[o] mediante concurso público, formalmente DENUNCI[Ó] en los mismos el quebrantamiento de los siguientes artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así: 155 en concordancia con el artículo 255 y esta norma fundamental en concordancia con el encabezamiento del artículo 49, así como también el artículo 26 por no haberse[le]
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado ISMAEL MEDINA PACHECO, anteriormente identificado, actuando en nombre propio, contra la sentencia N° 00799 dictada el 4 de junio del 2014 por la Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, conforme al artículo 133, numeral 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
remociónjuezderecho a la defensadebido procesonulidadreincorporaciónindemnización