Sentencia N° 112 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de febrero de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 112, Exp. 11-0543, 17/02/2012
Expediente11-0543
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-02-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Ramón Enrique Moreán Villegas en representación de Luis Alberto Zapata Gámez, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Cojedes. La acción fue considerada inadmisible debido a la acumulación de pretensiones incompatibles, ya que se solicitó amparo y revisión constitucional simultáneamente. La Sala fundamenta su decisión en la normativa que prohíbe la acumulación de demandas que se excluyan mutuamente.

Extracto de la motiva

Determinada la competencia, pasa la Sala a pronunciarse sobre la admisibilidad del asunto sometido a su conocimiento, para lo cual observa: La presente acción de amparo constitucional fue ejercida conjuntamente con solicitud de revisión constitucional, contra la sentencia que dictó el 14 de junio de 2010, el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, que declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación que intentó la parte demandante y parcialmente con lugar la demanda que por, cobro de prestaciones sociales, incoaron los ciudadanos Luis Beltrán Garay y Guillermo Antonio Villegas Muñoz, en contra del hoy accionante. Del escrito libelar consignado por el apoderado judicial de la parte quejosa se desprende que en el mismo señala que “…la sentencia objeto de solicitud de Revisión ante esta Sala Constitucional es de pleno Derecho Violatoria por incumplimiento de los requisitos intrínsecos establecido (sic) en el Articulo (sic) 243 (sic) (…), e igualmente Violatoria de Materia de ORDEN PUBLICO (sic), en consecuencia atenta contra la tutela Constitucional efectiva y contra el derecho de defensa, lo cual la hace Nula de pleno derecho así solicit(a) que la misma sea REVOCADA en nombre y representación de (su) mandante en ejercicio de sus derechos constitucionales sea declarada por esta Digna Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia…”. De igual modo, se aprecia del escrito consignado el 15 de julio de 2011 por el mencionado apoderado judicial, que en el mismo refiere que “…“…Por ultimo (sic) solicit(a) que el presente escrito de Ratificación sea recibido, sustanciado en cuanto a derecho se refiere y declarado con lugar en la definitiva, con la anulación de la sentencia de fecha 14/06/2010, por el Tribunal Superior Primero de la Circunscripción Laboral (sic) el (sic) Estado Cojedes (…), por ser la misma violatoria del Orden Publico (sic), como se alego (sic) en el escrito de solicitud de Amparo y Revisión de la misma…”.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el abogado Ramón Enrique Moreán Villegas, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ALBERTO ZAPATA GÁMEZ, contra la sentencia dictada, el 14 de junio de 2010, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparorevisiónincompatibilidadprocedimientoinepta acumulaciónderechosconstitucionaljusticia

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