Sentencia N° 1101 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1101, Exp. 12-0548, 25/07/2012
Expediente12-0548
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-07-25
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo interpuesta por Operadora Klaribell, C.A. contra la decisión del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de Germán Morales por el pago de prestaciones sociales. La Sala consideró que la acción de amparo era improcedente, ya que no se evidenció que el tribunal inferior hubiera actuado fuera de su competencia ni que se hubieran violado derechos constitucionales de la accionante. Se concluyó que las alegaciones de la parte demandante no eran suficientes para justificar la admisibilidad del amparo.
Extracto de la motiva
Los apoderados judiciales de la accionante denunciaron la violación del derecho a la defensa y el debido proceso, por cuanto creó desigualdades entre las partes al incurrir en el vicio de inmotivación por contradicción de los motivos, y estableció beneficios laborales conforme a hechos que están desvirtuados en el expediente. Así, en su opinión, se le violó a la accionante su derecho a la defensa y el debido proceso al juez no haber otorgado valor probatorio a los testigos promovidos por la accionante, la recurrida habría concluido que el horario de trabajo del actor no es el que alega en el libelo de demanda, sino otro distinto. Según señalaron los abogados de Operadora Klaribell, C.A., el juez, en la sentencia impugnada, estableció unos beneficios laborales sobre la base de hechos que en su criterio, están desvirtuados en las actas del expediente, como es: el pago de treinta (30) días de utilidades cuando realmente son quince (15) días de utilidades. A manera de conclusión, los apoderados judiciales manifestaron que: (…) De esta manera, el Tribunal Querellado (sic) actuó fuera de su competencia al extralimitarse en sus atribuciones, y violó los siguientes derechos constitucionales de KLARIBELL: a la tutela judicial efectiva, a la defensa y al debido proceso. Simplemente, Nuestra Representada (sic) ha sido condenada a pagar montos muy superiores de los que en Derecho debe pagar, sobre la base de hechos que jamás se declararon en el juicio en que fue dictada la Sentencia Lesiva (sic). No pretendemos que la Sala Constitucional (sic) decida el fondo del asunto, sino que anule la Sentencia Lesiva (sic) en aras de los derechos constitucionales de KLARIBELL. El asunto de fondo debe ser decidido en otra audiencia de apelación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE, “in limine litis”, la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Ramón Escobar León, Ramón J. Escobar Alvarado, Andrés Carrasquero Stolk, Juan Enrique Croes Campbell, Juan Andrés Suárez Otaola y Maritza Méndez Zambrano actuando como apoderados judiciales de OPERADORA KLARIBELL, C.A, contra la decisión dictada el 28 de septiembre de 2011, por el Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el curso del juicio ejercido por el ciudadano Germán Morales contra la hoy accionante por el pago de prestaciones sociales.
Palabras clave
derecho a la defensadebido procesotutela judicial efectivainmotivaciónbeneficios laboralessentencia lesivaapelación