Sentencia N° 1091 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de junio de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 1091, Exp. 05-0268, 02/06/2005
Expediente05-0268
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-06-02
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declara incompetente para conocer de las apelaciones interpuestas contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas. Esta decisión se basa en la jurisprudencia que establece que corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo conocer de las apelaciones en materia de amparo. La acción de amparo fue interpuesta por Roger Jesús León Mora contra el Instituto de Crédito y Asistencia al Transportista Amazonense (INSCATA) por la negativa de este último a cumplir con una providencia administrativa que ordenaba su reenganche y el pago de salarios caídos.

Extracto de la motiva

Debe previamente esta Sala determinar su competencia para conocer de las presentes apelaciones, a la luz de la jurisprudencia contenida en la sentencia N° 01 del 20 de enero de 2000 (caso: Emery Mata Millán) y el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En tal sentido, corresponde a esta Sala conocer de las apelaciones sobre las sentencias de los tribunales superiores (excepto los contencioso administrativos), cortes de lo contencioso administrativo y cortes de apelaciones en lo penal, cuando éstos hayan decidido una acción de amparo en primera instancia. En el caso sub iudice, la sentencia consultada fue dictada por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, actuando como tribunal en funciones constitucionales, en primera instancia, de la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Roger Jesús León Mora, ante la negativa del Instituto de Crédito y Asistencia al Transportista Amazonense (INSCATA) de dar cumplimiento a la providencia administrativa dictada el 5 de noviembre de 2004, por la Inspectoría del Trabajo del Estado Amazonas, mediante la cual declaró procedente la solicitud de reenganche y el pago de salarios caídos del accionante.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE y DECLINA LA COMPETENCIA en las Cortes de lo Contencioso Administrativo para conocer de las apelaciones interpuestas contra la sentencia dictada, el 13 de enero de 2005, por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional intentada el 7 de diciembre de 2004, por el ciudadano ROGER JESÚS LEÓN MORA, en contra de la negativa del Instituto de Crédito y Asistencia al Transportista Amazonense (INSCATA) de dar cumplimiento a la providencia administrativa dictada, el 5 de noviembre de 2004, por la Inspectoría del Trabajo del Estado Amazonas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes de lo Contencioso Administrativo.

Palabras clave

amparoreenganchesalarios caídosderechos constitucionalesInspectoría del TrabajoINSCATAEstado AmazonasCorte de Apelaciones

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