Sentencia N° 1081 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de diciembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 1081, Exp. 16-1216, 08/12/2017
Expediente16-1216
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-12-08
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono de trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por Ernesto Ávila Mendoza. La acción fue presentada contra una sentencia del Juzgado Octavo Superior del Circuito Judicial del Trabajo que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala observa que la parte actora no mostró interés en continuar con el proceso, lo que se traduce en un abandono del mismo.
Extracto de la motiva
Ya determinada la competencia de esta Sala para conocer de la presente acción de amparo constitucional mediante su sentencia número 577 del 11 de agosto de 2017, observa que el amparo constitucional de autos fue interpuesto el 7 de diciembre de 2016 contra la sentencia dictada el 7 de noviembre de 2016 por el Juzgado Octavo (8°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora y confirmó el auto del 9 de agosto de 2016, dictado por el Juzgado Décimo Noveno (19) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la misma Circunscripción Judicial, que declaró como negativas todas las notificaciones que fueron libradas en forma personal, por no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Trabajo, ordenando a la parte actora suministrar nuevo domicilio procesal con el fin de materializar las mismas, en el marco del juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpuesto por el hoy accionante, en forma solidaria y personal contra las entidades de trabajo Proactiva Libertador C.A., Proactiva Medio Ambiente Venezuela C.A., Cotécnica La Bonanza C.A., Proactiva Medio Ambiente S.A. y contra los ciudadanos Isidre Sabate Muzas, Jorge Salas Quintero, Juan Carlos Salas Quintero, Darío Salas Quintero y Alejandro Salas Quintero.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1. TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite, respecto del amparo constitucional interpuesto por la abogada Lisbeth Palma Bermúdez, en su condición de apoderada judicial del ciudadano ERNESTO ÁVILA MENDOZA, contra la sentencia dictada el 7 de noviembre de 2016 por el Juzgado Octavo (8°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2. IMPONE multa a la parte accionante, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.