Sentencia N° 1074 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de mayo de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1074, Exp. 06-0623, 19/05/2006
Expediente06-0623
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-05-19
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por Arfilio Mejía Zambrano contra la sentencia de la Sala de Casación Social que declaró inadmisible un recurso de control de la legalidad. La Sala consideró que la decisión impugnada se encontraba ajustada a derecho y no se evidenció violación de normas de orden público ni de jurisprudencia. Por lo tanto, se desestimó la revisión solicitada.

Extracto de la motiva

En el presente caso, se pretende la revisión de un fallo dictado por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró inadmisible un recurso de control de la legalidad intentado contra la sentencia del 30 de marzo de 2005, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y confirmó la declaratoria sin lugar de la demanda por “cobro de diferencia de jubilación” interpuesta por el solicitante, contra Banco de Venezuela S.A., Banco Universal. El solicitante a pesar de que no denunció la vulneración de un derecho específico, denunció que tal decisión violentó lo dispuesto en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y los principios consagrados en el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ahora bien, la Sala observa que mediante decisión del 13 de febrero de 2006, la Sala de Casación Social consideró que la decisión recurrida y las restantes actas contenidas en el expediente se encontraban ajustadas a derecho, y que no se denotaba violación alguna de normas regidas por el orden público, ni de la jurisprudencia sentada por esa Sala.

Dispositiva

En razón de las consideraciones anteriores esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión ejercida el abogado ARFILIO MEJÍA ZAMBRANO, contra la sentencia Nº 0266 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el 13 de febrero de 2006. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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