Sentencia N° 1024 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de mayo de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1024, Exp. 06-1879, 31/05/2007
Expediente06-1879
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2007-05-31
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 31 de mayo de 2007, ratificó la desaplicación del artículo 647, literal g, de la Ley Orgánica del Trabajo, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. La decisión se fundamenta en la inconstitucionalidad de la norma, que permitía la privación de libertad por incumplimiento de multas impuestas por funcionarios administrativos, lo que vulnera el derecho al juez natural y a la defensa. La Sala concluyó que solo los jueces penales tienen la autoridad para imponer sanciones privativas de libertad, reafirmando la supremacía de la Constitución de 1999.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el artículo 647 literal ‘g’ de la Ley Orgánica del Trabajo, es incompatible con los artículos 44 ordinal 1° y 49 ordinales 1° y 4° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, toda vez que dicho artículo establece medida de arresto por el incumplimiento en el pago de la multa que hubiere fijado el Funcionario de la Inspectoría del Trabajo, sanción que implica privación de la libertad. Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el año 1999, los únicos investidos de autoridad para imponer el arresto son los jueces en materia penal, lo que implica que la privación de libertad debe ser impuesta con carácter coactivo mediante una previa orden judicial. En consecuencia, se aprecia que en el presente caso la orden de arresto, si bien es cierto que deviene de una autoridad judicial, es claro que el procedimiento es llevado a cabo por el funcionario administrativo, es decir, el Inspector del Trabajo, y su finalidad tiene como meta el efectivo aseguramiento y respeto del cumplimiento de las sanciones administrativas impuestas por haberse vulnerado la normativa laboral vigente.

Dispositiva

En virtud de la motivación precedente, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, juzga CONFORME A DERECHO la sentencia dictada el 25 de octubre de 2006, por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se desaplicó por control difuso de la constitucionalidad el artículo 647, literal g, de la Ley Orgánica del Trabajo.

Palabras clave

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