Sentencia N° 1001 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de mayo de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1001, Exp. 01-0773, 29/05/2002
Expediente01-0773
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-05-29
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por Aeropostal Alas de Venezuela C.A. contra una sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario. La Sala argumenta que la demanda fue presentada fuera del lapso de caducidad establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y que no hubo violación al debido proceso ni error en la citación.

Extracto de la motiva

Debe necesariamente esta Sala, como punto previo, pronunciarse sobre la admisibilidad del escrito que presentó, el 21 de junio de 2001, el apoderado judicial de la demandante de amparo, Aeropostal Alas de Venezuela C.A., por cuanto se observa que fue consignado luego de transcurridos los treinta (30) días establecidos en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales para que el ad quem conozca de la apelación o consulta de la sentencia de amparo constitucional y, en virtud de que esta Sala considera que si la ley estableció un plazo, para que el tribunal de alzada decida la apelación de la sentencia de amparo constitucional, este plazo debe considerarse preclusivo para que las partes interpongan cualquier escrito en relación con el expediente (vid., entre otras, s. S.C. n° 442 del 04-04-01). En virtud de ello, el referido escrito necesariamente debe ser considerado por esta Sala inadmisible, y así se decide.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA, en los términos expuestos, la sentencia objeto de la apelación que fue dictada por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta el 03 de abril de 2001 y declara INADMISIBLE la demanda de amparo que ejerció AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A., contra el fallo que pronunció, el 08 de noviembre de 1999, el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En consecuencia, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A. contra la citada sentencia.

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