LEY DE ORGANIZACION PROVISIONAL DEL SERVICIO DE POLICIA
GO 22.760 del 1948-11-03
Tipo de instrumentoLEY_ORGANICA
Gaceta Oficial22.760
Publicación03-11-1948
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaORGANICO
Rama del derechoDerecho Administrativo
Artículos3
Órgano emisorCONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA
Objeto de la ley
Regir los servicios de policía destinados al mantenimiento del orden público organizados por la Nación o las Municipalidades.
Resumen
La Ley de Organización Provisional del Servicio de Policía establece las normas que regulan los servicios de policía en Venezuela, bajo la autoridad del Presidente de la República y con la colaboración de los Concejos Municipales. Se determina la organización y dotación de las Fuerzas de Policía, así como la posibilidad de aumentar el número de agentes en función de las necesidades del servicio.
Temas principales
Organización de la PolicíaMantenimiento del Orden PúblicoAutoridad Municipal
Jurisprudencia que la aplica
Esta norma es citada por 2 sentencias del Tribunal Supremo de Justicia registradas en el corpus de IAJURISS. Decisiones recientes: