La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decreta la ejecución voluntaria de la sentencia N° 01969, publicada el 5 de diciembre de 2007, que ordena la restitución de la recurrente en su cargo de jueza y el pago de los sueldos dejados de percibir. Se establece un plazo de diez días para que la Comisión Judicial y la Dirección Ejecutiva de la Magistratura cumplan con lo ordenado. La decisión se fundamenta en la solicitud de la abogada Mercedes Arabia Ramírez Dávila, quien argumenta la urgencia del cumplimiento debido a su situación económica y de salud familiar.
Extracto de la motiva
Con vista en la diligencia suscrita por la abogada Mercedes Arabia Ramírez Dávila, en su carácter de parte recurrente, mediante la cual solicita la ejecución voluntaria de la sentencia N° 01969 publicada el 5 de diciembre de 2007 y por cuanto del expediente se constata la práctica de la notificación de las partes, esta Sala, conforme a lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, norma de aplicación supletoria de acuerdo a lo previsto en el primer aparte del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA del mencionado fallo a través del cual se ordenó, entre otros aspectos, la restitución de la recurrente en el cargo de jueza en el Juzgado Décimo Cuarto de Control de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, o a otro Juzgado de igual categoría de esa misma Circunscripción Judicial, así como el pago de los sueldos básicos dejados de percibir a partir del 2 de noviembre de 2005, fecha del acto recurrido, hasta el 5 de diciembre de 2007, oportunidad en la que se publicó la sentencia objeto de ejecución.
Dispositiva
Por lo antes expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia publicada por esta Sala Político-Administrativa el 5 de diciembre de 2007, bajo el N° 01969, y concede un plazo de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos la notificación de las partes, para que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia y la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, según sus respectivas competencias, den cumplimiento voluntario a lo ordenado.
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