La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la homologación de una transacción judicial solicitada por el Banco de Comercio Exterior, C.A. (BANCOEX) contra la sociedad mercantil Distribuidora Emcoars, C.A. La demanda se fundamentó en el incumplimiento de un contrato de crédito para la adquisición de activos fijos y capital de trabajo, suscrito el 28 de abril de 2014. La Sala ordenó notificar a la Procuraduría General de la República para que emita su opinión sobre el acuerdo, dado que involucra intereses patrimoniales del Estado venezolano.
Extracto de la motiva
De la interpretación concordada de las normas transcritas, se evidencia que la transacción judicial es un medio de autocomposición procesal a través del cual las partes, de mutuo acuerdo ponen fin a un litigio pendiente mediante concesiones recíprocas, sin necesidad de que el juez conozca del fondo de la causa; sin embargo tiene la misma fuerza jurídica que una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por lo que una vez homologada por el órgano jurisdiccional correspondiente, procede su inmediata ejecución. Debe precisarse además, que el ordenamiento jurídico impone para su validez el cumplimiento de determinadas exigencias cuya inobservancia es sancionada con la nulidad del.
Dispositiva
ORDENA notificar a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA de la solicitud de homologación de la transacción suscrita entre el BANCO DE COMERCIO EXTERIOR, C.A. (BANCOEX), la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA EMCOARS, C.A., y la empresa DISTRIBUIDORA JEVISA 2010, C.A.
Palabras clave
homologacióntransaccióncontratoresoluciónBanco de Comercio Exterior