La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 00994, declaró la pérdida de interés procesal en la causa interpuesta por Giselú Baptista González contra la Contraloría General de la República. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal de la parte demandante durante más de dos años, lo que llevó a la conclusión de que no había interés en continuar con el proceso. Se ordenó la notificación a la demandante para que manifestara su interés en el caso, advirtiendo que, de no hacerlo, se procederá a dictar el pronunciamiento correspondiente.
Extracto de la motiva
En cuanto a la decisión de no admitir la declaración jurada de patrimonio por existir“…disparidad entre lo declarado y el resultado de la verificación patrimonial…”, indicó que la información suministrada por su representada en dicha declaración es fiel reflejo de la realidad existente al 6 de diciembre de 2004“…por lo cual no puede hablarse de algún tipo de irregularidad dentro de la [declaración]…
Dispositiva
ORDENA la notificación de la ciudadana GISELÚ BAPTISTA GONZÁLEZ, antes identificada, o de sus apoderados judiciales, para que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en autos de su notificación, manifiesten su interés en que se decida la presente causa.
Palabras clave
pérdida de interésnulidadContencioso-Administrativo