Sentencia N° 992 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de abril de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00992, Exp. 2001-0725, 26/04/2006
Expediente2001-0725
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-04-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo interpuesto por LUIS ALBERTO VIVAS RAMÍREZ contra la Resolución Nº DS-3722 del 20 de julio de 2000, que declaró improcedente su solicitud de nulidad. La Sala argumentó que el recurrente no presentó los documentos necesarios para la admisión del recurso, específicamente la Resolución N° 0057 del 19 de febrero de 1960, que era fundamental para analizar la legalidad de los actos impugnados. El recurrente había solicitado la anulación de decisiones administrativas relacionadas con su pase a situación de retiro por medida disciplinaria, alegando que los hechos que motivaron su sanción eran de naturaleza política y debían ser considerados bajo la Ley de Amnistía Política General. Sin embargo, la Sala concluyó que la falta de documentación adecuada impedía la admisión del recurso, lo que llevó a la revocación del auto de admisión anterior. Finalmente, la Sala ordenó archivar el expediente judicial y devolver el administrativo, reafirmando la inadmisibilidad del recurso por no cumplir con los requisitos establecidos en la ley.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano LUIS ALBERTO VIVAS RAMÍREZ, asistido por el abogado Lesmes Volcanes Vielma, antes identificados, contra la Resolución Nº DS-3722 de fecha 20 de julio de 2000, suscrita por el MINISTRO DE LA DEFENSA, que declaró improcedentes tanto la solicitud de nulidad incoada por el prenombrado ciudadano, contra: i) el Acta del Consejo de Investigación del 8 de diciembre de 1959, mediante la cual se recomendó pasarlo a situación de disponibilidad por medida disciplinaria; y ii) la Resolución N° 0057 del 19 de febrero de 1960, a través de la cual se le pasó a situación de retiro por medida disciplinaria; como “el pago de pensión que señala está pendiente desde febrero de 1960 a febrero de 1971”. En consecuencia, se REVOCA el auto de admisión de fecha 5 de diciembre de 2002, dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala. Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadLey de Amnistía Políticapensiónmedida disciplinariaConsejo de Investigaciónactos administrativosinadmisiibilidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca