El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, confirma la decisión del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la Corporación Venezolana de Televisión, C.A. (VENEVISIÓN) contra la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo del SENIAT. Se establece que la recurrente no cumplió con la obligación de retener el Impuesto sobre la Renta al realizar abonos en cuenta, lo que implica la obligación de efectuar la retención correspondiente. Además, se revoca la decisión en relación a la deducibilidad de ciertos gastos, considerándolos no relacionados con la producción del enriquecimiento.
Extracto de la motiva
motiva de la presente decisión. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Remítase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas , a los dos (2) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023). Años 212º de la Independencia y 164º de la Federación. El Presidente, MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ La Vicepresidenta, BÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO El Magistrado- Ponente, JUAN CARLOS HIDALGO PANDARES La Secretaria, CHADIA FERMIN PEÑA IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 52 de 53 En fecha dos (2) de marzo del año dos mil veintitrés, se publicó y registró la anterior sentencia bajo el Nº 00099. La Secretaria, CHADIA FERMIN PEÑA IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 53 de 53
Dispositiva
Se declara sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la Corporación Venezolana de Televisión, C.A. (VENEVISIÓN), contra la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo identificada con letras y números GCE-SA-R-2007-023 de fecha 30 de marzo de 2007, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital y la División de Sumario Administrativo de dicha Gerencia pertenecientes al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual confirma parcialmente los reparos formulados a la contribuyente antes citada. Por consiguiente, el acto administrativo impugnado queda firme.
Palabras clave
Contencioso TributarioImpuesto sobre la RentaVENEVISIÓNSENIAT