El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Municipio Bolivariano Libertador contra la sentencia No. 0116/2008 que declaró con lugar el recurso contencioso tributario de Inversiones Las Palas, C.A. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, desestimando el vicio de suposición falsa alegado por el Municipio, y revocó la condenatoria en costas procesales impuesta por el juez a quo. La Sala argumentó que la determinación del impuesto por parte de la Administración Tributaria no se ajustó a derecho, al incorporar elementos no válidos a la base imponible del impuesto sobre actividades económicas.
Extracto de la motiva
El impuesto sobre patente de industria y comercio (hoy impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar), es un tributo que grava el ejercicio habitual de las actividades industriales, comerciales o de servicios que realice una persona natural o jurídica, susceptibles de ser vinculadas con el territorio del Municipio por aplicación de los factores de conexión pertinentes, que en el caso de las actividades industriales y comerciales se reconducen a la existencia de un establecimiento permanente. La base imponible que se tomará para la determinación y liquidación del referido impuesto, está conformada por los ingresos brutos obtenidos por el ejercicio de las actividades industriales, comerciales o económicas de naturaleza similar que se desarrollen en el ámbito territorial del Municipio, o que por su índole se consideren ejercidas en dicha jurisdicción. A tales efectos, se entiende por ingresos brutos todas las cantidades y proventos que de manera regular reciba el sujeto pasivo por el ejercicio de la actividad económica que explota en la jurisdicción del ente local. En virtud de lo precedentemente señalado, esta Máxima Instancia desestima el vicio de suposición falsa invocado por la representación judicial del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital y, en consecuencia, confirma el pronunciamiento emitido por el Juez a quo sobre el particular.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación del MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, contra la sentencia No. 0116/2008 dictada el 9 de diciembre de 2008 por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad de comercio INVERSIONES LAS PALAS, C.A. (HOTEL PALAS), la cual se CONFIRMA, con excepción del pronunciamiento atinente a la condenatoria en costas procesales, el cual se REVOCA de acuerdo a los términos señalados en este fallo.
Palabras clave
Contencioso TributarioImpuesto sobre Actividades EconómicasSuposición Falsa