Sentencia N° 987 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de junio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00987, Exp. 1999-15887, 01/07/2009
Expediente1999-15887
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-06-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria y ampliación de una decisión anterior relacionada con un recurso contencioso administrativo. Se observó que la causa había estado paralizada desde la solicitud inicial en octubre de 2003, sin actuaciones posteriores. La Sala ordenó notificar a la parte recurrente para que manifestara su interés en que se decidiera sobre la solicitud planteada en un plazo de treinta días, advirtiendo que, de no hacerlo, se declararía el decaimiento de la petición por pérdida de interés procesal.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la solicitud planteada por la parte recurrente, mediante escrito de fecha 7 de octubre de 2003. No obstante, de la revisión de las actas que conforman el expediente se observa que la causa ha estado paralizada desde el 7 de octubre de 2003, fecha desde la cual han transcurrido más de cinco años sin que conste en autos actuación alguna que ratifique la anterior solicitud. Visto lo anterior, esta Sala ordena notificar a la parte recurrente, en un plazo máximo de treinta (30) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, para que manifieste su interés en que se decida sobre la solicitud planteada. Transcurrido dicho lapso sin que la parte ratifique su pedimento, la Sala procederá a declarar el decaimiento de la referida solicitud.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA la notificación de la parte recurrente, para que dentro de un lapso de treinta (30) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, manifieste su interés en que se decida sobre la solicitud planteada. Transcurrido dicho lapso sin que la parte actora manifieste su interés, esta Sala declarará el decaimiento de la petición formulada, en virtud de la pérdida del interés procesal. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

notificaciónaclaratorianulidad

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