DecisiónExtinción de la acción por pérdida del interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida del interés en la causa, tras más de tres años de inactividad procesal por parte de los demandantes. Se resalta que, a pesar de las solicitudes de dictar sentencia, no se presentó interés en continuar el proceso dentro de los plazos establecidos. La decisión se fundamenta en la falta de actuación de la parte actora, lo que llevó a la conclusión de que se configuró la pérdida del interés procesal.
Extracto de la motiva
Revisadas las actas procesales que conforman el expediente de la causa, se observa lo siguiente: Después que esta Sala dijo “Vistos” en fecha el 26 de octubre de 2006, constan en el expediente las siguientes actuaciones: 1) Diligencias del 9 de mayo, 9 de agosto y 27 de noviembre de 2007, a través de la cuales la parte actora solicitó que fuera dictada sentencia en la presente causa; 2) Auto para mejor proveer AMP-081 de fecha 17 de noviembre de 2010, mediante el cual esta Sala acordó notificar al abogado Jairo Alberto Loaiza Díaz, para que acreditara la edad actual del codemandante Elías David Rosas Hurtado y manifestara si sus representados conservan interés en que culmine la presente causa; 3) Diligencia del Alguacil de esta Sala de fecha 11 de febrero de 2011, por la cual consignó el Oficio N° 3798 dirigido al apoderado judicial de la parte actora “…por cuanto no consta en autos indicación del domicilio procesal”; 4) Auto del 16 de febrero de 2011, a través del cual se dejó constancia de la constitución de la Sala, se ordenó la continuación de la causa y se reasignó la ponencia a la Magistrada Trina Omaira Zurita; 5) Auto del 24 de febrero de 2011, por el cual se acordó la notificación del apoderado judicial de la parte actora en la cartelera de esta Sala; 6) Auto del 11 de marzo de 2011, mediante el cual se dejó constancia en el expediente de que fue fijada la boleta de notificación en la cartelera de la Sala; 7) Auto del 21 de marzo de 2011, por el cual se dejó constancia de que se le tendrá por notificado al prenombrado apoderado, para que en un lapso de treinta días de cumplimiento a lo solicitado en el referido auto y, 8) Diligencia del 11 de mayo de 2011, mediante la cual el codemandante Rafael Machado Gámez, consignó la partida de nacimiento de su litisconsorte, Elías David Rosas Hurtado, y manifestó su interés en la continuación de la presente causa.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en la presente causa. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
extinción de la acciónpérdida del interésproceso judicial