La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nro. 00393, donde se ratifica la solicitud a la Asamblea Nacional y a la Vicepresidencia Ejecutiva de la República para que informen sobre la gestión administrativa de la extinta Alcaldía Metropolitana de Caracas. Se establece un lapso de diez días para recibir respuesta a dicha solicitud, advirtiendo que de no recibirla se decidirá con los elementos ya contenidos en el expediente. La decisión se fundamenta en la falta de respuesta a requerimientos previos y la liquidación de la Alcaldía Metropolitana.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre la controversia administrativa, interpuesto por la entonces existente Alcaldía Metropolitana de Caracas, contra el Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, no obstante, de la revisión de las actas que conforman el expediente, se evidencia que a pesar de haberse agotado con creces, el termino de diez (10) días de despacho, contados a partir de que constara en autos la notificación de las partes, tal como se ordenó mediante sentencia Nro. 00393 publicada el 11 de mayo de 2023, hasta la presente fecha, no consta respuesta sobre los requerimientos de la aludida sentencia. Ahora bien, el “DECRETO CONSTITUYENTE MEDIANTE EL CUAL SE DECIDE LA SUPRESIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL NIVEL METROPOLITANO DE CARACAS Y EL DISTRITO DEL ALTO APURE”, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 41.308, de fecha 27 de diciembre de 2017, ordenó la liquidación de la Alcaldía Metropolitana y creó entre otras, la Junta de Liquidación del Nivel Metropolitano de Caracas, cuya función principal era la supresión y liquidación de la Alcaldía Me
Dispositiva
1.- RATIFICA su solicitud a la ASAMBLEA NACIONAL, a los fines que suministre la información en relación a la actual designación o funcionamiento del organismo encargado de llevar a cabo la gestión administrativa o judicial de la referida Alcaldía Metropolitana de Caracas, Cabildo Metropolitano de Caracas y la Contraloría del Área Metropolitana de Caracas. 2.- Asimismo ratifica su solicitud a la VICEPRESIDENCIA EJECUTIVA DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, para que informe junto con la remisión de los documentos necesarios, a que haga referencia si la pretensión de la extinta ALCALDÍA METROPOLITANA DE CARACAS fue satisfecha en su oportunidad por el órgano correspondiente.