Sentencia N° 983 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de agosto de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00983, Exp. 2017-0501, 09/08/2017
Expediente2017-0501
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2017-08-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por CORPORACIÓN MARCA, S.A. contra la Resolución del SENIAT que declaró sin lugar un recurso jerárquico. La sentencia de primera instancia había declarado con lugar el recurso, pero la Sala revocó dicha decisión, considerando que la contribuyente estaba exenta del pago del impuesto al valor agregado. La Sala también ordenó a la Administración Tributaria recalcular las sanciones pecuniarias aplicadas por el impuesto no retenido.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el Juzgado de mérito para fundamentar su declaratoria de nulidad, señaló, por una parte, que la recurrente se encontraba plenamente exenta del pago del impuesto al valor agregado, lo cual afirmó luego de referir el alegato del apoderado judicial de la contribuyente según el cual 'por muchos años tuvo los beneficios fiscales establecidos en los Artículos 27, 28, 29 y 30 de la LEY DEL LIBRO, y los Artículos 10, 11, 18 y 19 de su REGLAMENTO'. Visto lo que antecede, a los fines decisorios es conveniente señalar de forma preliminar, que de acuerdo a pacífica y reiterada jurisprudencia de esta Superioridad, el vicio de falso supuesto de derecho por errónea interpretación de la norma jurídica constituye un error de juzgamiento que se origina en la construcción de la premisa mayor del silogismo judicial, específicamente cuando el Juez que conoce del caso, no obstante apreciar correctamente los hechos y reconocer la existencia y validez del estatuto normativo apropiado a la relación controvertida, distorsiona el alcance del precepto general, dando como resultado situaciones jurídicas no previstas en la concepción inicial del dispositivo.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. 2224 de fecha 20 de febrero de 2017 dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil CORPORACIÓN MARCA, S.A.; por consiguiente, se REVOCA el fallo impugnado. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la mencionada empresa contra la Resolución Nro. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2014/0471 del 30 de julio de 2014, dictada por la Gerencia de Recursos adscrita a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), que declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido por disconformidad con la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nro. SNAT/INTI/GRTICERC/DSA/R-2010-111, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del aludido Servicio Autónomo, en fecha 30 de noviembre de 2010; actos administrativos que quedan FIRMES salvo en lo que respecta al cálculo de las sanciones pecuniarias aplicadas por el impuesto al valor agregado no retenido para los períodos de imposición de las primeras y segundas quincenas de los meses de enero a junio de 2004, lo cual se ANULA. 3.- Se ORDENA a la Administración Tributaria efectuar dicho cálculo según lo expresado en la presente decisión y, en consecuencia, emitir las correspondientes Planillas de Liquidación Sustitutivas.

Palabras clave

recurso contencioso tributarioimpuesto al valor agregadoexención fiscalsanciones pecuniarias

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