Sentencia N° 983 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de julio de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00983, Exp. 01-0511, 17/07/2002
Expediente01-0511
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-07-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia revoca el auto dictado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró improcedente la solicitud de ejecución forzosa de un mandamiento de amparo. La decisión se basa en la interpretación de que la ejecución de sentencias forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva y que el tribunal que dictó el mandamiento de amparo tiene la obligación de garantizar su cumplimiento.
Extracto de la motiva
El a quo, en fecha 28 de agosto de 1998, declaró improcedente la solicitud de ejecución forzosa del mandamiento de amparo contenido en su decisión de fecha 11 de diciembre de 1997, basándose en lo siguiente: “...Por cuanto la decisión dictada por esta Corte en fecha 11 de diciembre de 1997 ordena precisamente una abstención y constituye por sí misma un mandamiento de ejecución inmediata en los términos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la denuncia formulada sobre el incumplimiento de amparo no puede ser tramitada por este órgano jurisdiccional, sino que corresponde a la jurisdicción penal hacer la calificación correspondiente e imponer las sanciones a que hubiera lugar de conformidad con el criterio establecido por la Sala Político-Administrativa de la Corte Suprema de Justicia mediante sentencia de fecha 7 de noviembre de 1995. ...”
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA el auto dictado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 28 de agosto de 1998 y ordena a esta haga ejecutar su decisión de fecha 11 de diciembre de 1997. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de la causa. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
ejecucion forzosamandamiento de amparotutela judicial efectivaCorte Primera de lo Contencioso Administrativoderechos constitucionalesjurisdiccion penaldecisiones judiciales