DecisiónHomologado el desistimiento de la apelación
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Suramericana de Aleaciones Laminadas, C.A. (SURAL) contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar la oposición a las medidas de embargo preventivo y prohibición de enajenar. En virtud de que la contribuyente desistió del recurso de apelación tras la notificación de un acto administrativo que levantó las medidas cautelares, la Sala homologó dicho desistimiento, dejando firme la decisión del tribunal inferior.
Dispositiva
1.- HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA APELACIÓN incoada por el apoderado judicial de la sociedad mercantil SURAMERICANA DE ALEACIONES LAMINADAS, C.A. (SURAL) contra la sentencia “N° PJ0662007000015” dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana el 15 de mayo de 2007, que declaró sin lugar la oposición formulada por la mencionada empresa contra las medidas de embargo preventivo y prohibición de enajenar y gravar decretadas el 12 de marzo de 2007 y practicadas el día 13 de dicho mes y año, solicitadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 296 y siguientes del Código Orgánico Tributario de 2001, vigente ratione temporis, en fecha 9 de agosto de 2006, por las apoderadas judiciales del Fisco Nacional, en consecuencia, queda FIRME el referido fallo.