Sentencia N° 976 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de junio de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00976, Exp. 2007-0088, 13/06/2007
Expediente2007-0088
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-06-12
DecisiónADMITE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Yukensy Rahadymes Pimentel Arteaga contra la Providencia Administrativa N° 088 del 25 de agosto de 2004, que la removió de su cargo en el Instituto Nacional del Menor. La Sala también admitió el recurso contra el Decreto Presidencial N° 1.879 de fecha 16 de diciembre de 1987, que declaró de confianza los cargos del INAM. Sin embargo, se declaró improcedente la acción de amparo constitucional solicitada en forma cautelar.

Extracto de la motiva

La recurrente denunció la violación de los siguientes derechos o garantías constitucionales: juez natural, defensa, debido proceso, presunción de inocencia, derecho al trabajo, señalando además la incompetencia del órgano que dictó el acto recurrido. Adujo la actora violación a su derecho a ser juzgada por su juez natural, conforme a lo previsto en el numeral 4 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Observa la Sala que el alegato en cuestión está más bien dirigido a la incompetencia de la funcionaria que dictó el acto administrativo impugnado, para cuyo esclarecimiento la Sala tendría que revisar normas de rango legal, lo que escapa del alcance de la medida de amparo cautelar, que está referida única y exclusivamente al análisis de violaciones de índole constitucional, tan evidentes que del examen previo de los alegatos y documentos (…) surja en el juez la convicción de que existe una presunción grave de infracciones a derechos de ese rango. Así se decide.

Dispositiva

1.- ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala en lo atinente a la caducidad de la acción, el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana YUKENSY RAHADYMES PIMENTEL ARTEAGA, contra la Providencia Administrativa N° 088 de fecha 25 de agosto de 2004, suscrito por el Director de Personal (E) del INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR (INAM), mediante la cual fue removida del cargo de “GUÍA DE CENTRO I”, que ocupaba “nominalmente en el Centro de Diagnóstico y Tratamiento ‘Acarigua II’ y físicamente en la Casa Taller ‘Damas Bolivarianas’ centros adscrito a la Dirección Seccional del Estado Portuguesa del Instituto Nacional del Menor (…)”. 2.- ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la referida ciudadana, contra el DECRETO PRESIDENCIAL N° 1.879 de fecha 16 de diciembre de 1987, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 33.870 del 18 del mismo mes y año, donde fueron declarados de confianza los cargos del Instituto Nacional del Menor (INAM) que ahí se señalan. 3.- IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida en forma cautelar con el recurso de nulidad interpuesto contra la Providencia Administrativa Nº 088 de fecha 25 de agosto de 2004, emanada del Director de Personal (E) del Instituto Nacional del Menor.

Palabras clave

nulidadamparoderecho al trabajodebido procesofuncionario públicoremociónINAMdecreto presidencial

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