La abogada Roraima Rita Bermúdez González interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad y acción de amparo contra un acto administrativo que la destituyó de su cargo como Jueza. La Sala Político-Administrativa del TSJ admitió el recurso de nulidad, pero declaró improcedente la acción de amparo cautelar, argumentando que no se evidenció la presunción grave de violación de los derechos a la igualdad y a la no discriminación. La Sala consideró que la actora no estaba en una situación idéntica a otro caso mencionado, donde se aplicó una sanción menor.
Extracto de la motiva
La Sala, al examinar la solicitud de amparo cautelar, consideró que la actora no había demostrado la presunción grave de violación de derechos constitucionales. Se argumentó que la sanción de destitución se basó en múltiples factores, incluyendo la falta de imparcialidad en su actuación como Jueza, lo que justificó la decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. La Sala concluyó que la acción de amparo no cumplía con los requisitos necesarios para su procedencia, por lo que se declaró improcedente.
Dispositiva
1. Se declara COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo cautelar. 2. ADMITE el referido recurso de nulidad, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación. 3. Declara IMPROCEDENTE la acción de amparo cautelar propuesta.