La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por SPA ROSADELIA NÚÑEZ, C.A. contra la Resolución del SENIAT que confirmó sanciones por incumplimientos tributarios. La Sala revocó la sentencia del Tribunal Superior Sexto que había declarado la nulidad de la Providencia Administrativa que dio inicio al procedimiento de verificación, argumentando que la identificación de la contribuyente en la providencia, aunque manuscrita, fue subsanada por actos administrativos posteriores. Se declaró con lugar la apelación del Fisco Nacional y se mantuvieron firmes las sanciones impuestas a la contribuyente.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la Providencia Administrativa que autorizó el procedimiento de verificación tributaria no cumplió con los requisitos formales exigidos, lo que llevó a la nulidad de la misma y de las actuaciones fiscales posteriores. Sin embargo, se concluye que la identificación de la contribuyente, aunque manuscrita, fue subsanada por actos administrativos posteriores que ratificaron la voluntad de realizar el procedimiento de verificación. Por lo tanto, se revoca la sentencia apelada y se declaran firmes las sanciones impuestas a la contribuyente por incumplimientos tributarios.
Dispositiva
1.- FIRMES las penas pecuniarias aplicadas por incumplimientos de deberes formales. 2.- CON LUGAR la apelación del FISCO NACIONAL, revocando la sentencia del Tribunal Superior Sexto. 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario de SPA ROSADELIA NÚÑEZ, C.A. 4.- Se ordena a la Administración Tributaria emitir Planillas de Liquidación Sustitutivas. 5.- Se CONDENA al pago de COSTAS PROCESALES a la recurrente.