Sentencia N° 967 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de abril de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00967, Exp. 2004-1049, 20/04/2006
Expediente2004-1049
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-04-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por el Teniente Coronel Ivo Clemente Rodríguez de Souza contra la Resolución del Ministro de la Defensa que ordenó su cese de empleo por medida disciplinaria. La Sala consideró que se respetaron los derechos al debido proceso y a la defensa del recurrente, quien participó en un acto de recolección de firmas que fue calificado como proselitismo político, lo que justificó la sanción impuesta. La decisión se fundamenta en la normativa militar y la especial sujeción de los miembros de la Fuerza Armada Nacional.

Extracto de la motiva

Previa lectura del expediente administrativo y de los alegatos de las partes, pasa la Sala a decidir el recurso contencioso-administrativo interpuesto, a cuyo fin observa: 1.- Denuncian los apoderados judiciales actores que a su representado le fueron vulnerados sus derechos a la defensa y al debido proceso, pues desde el principio de la averiguación administrativa no se siguió el procedimiento previsto en el artículo 90 del Reglamento de Castigos Disciplinarios N° 6, ya que fue sometido a un Consejo de Investigación sin que se hubiese dictado el acto de apertura y se le impusiera de los cargos, no pudiendo así ejercer el contradictorio desde el inicio de la investigación, ni el control de la prueba, específicamente, de “los informes personales levantados por otros militares a sus espaldas”, agregan también que el lapso establecido para su defensa no fue suficiente. En cuanto al derecho a la defensa y al debido proceso denunciados como vulnerados, la Sala ha venido manteniendo en criterio pacífico que los mismos implican el derecho a ser oído, puesto que no podría hablarse de defensa alguna, si el administrado no cuenta con esta posibilidad; el derecho a ser notificado de la decisión administrativa a los efectos de que le sea posible al particular, presentar los alegatos que en su defensa pueda aportar al procedimiento, más aún si se trata de un procedimiento que ha sido iniciado de oficio; el derecho a tener acceso al expediente, con el propósito de examinar en cualquier estado del procedimiento las actas que lo componen; el derecho que tiene el administrado a presentar pruebas que permitan desvirtuar los alegatos ofrecidos en su contra por la Administración; el derecho que tiene toda persona a ser informado de los recursos y medios de defensa, y finalmente el derecho a recibir oportuna respuesta a sus solicitudes.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por los abogados Carlos Alfredo Martínez Ceruzzi y Patricia Manzur Fernández, en su carácter de apoderados judiciales del Teniente Coronel Asimilado (Ej.) IVO CLEMENTE RODRÍGUEZ DE SOUZA, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° DG-25837 de fecha 30 de enero de 2004, emanada del MINISTRO DE LA DEFENSA, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.874 de fecha 06 de febrero de 2004, mediante la cual se ordenó el cese de empleo de su representado por medida disciplinaria.

Palabras clave

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