La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la jurisdicción para conocer de la oposición al registro de la marca 'SOMOS SEGURO', planteada por SEGUROS HORIZONTE C.A. contra Universal de Seguros C.A. El tribunal inferior había declarado su falta de jurisdicción, argumentando que la decisión correspondía al órgano administrativo competente. Sin embargo, la Sala determinó que, dado que la oposición se fundamentaba en un derecho real de uso, corresponde al poder judicial resolver la controversia.
Extracto de la motiva
En el presente caso habiéndose fundamentado la oposición en el derecho real de “uso” de la marca, debe forzosamente concluirse que su resolución corresponde a los órganos judiciales. En este sentido se pronunció la Sala en la sentencia Nº 142, de fecha 19 de febrero del presente año, dictada en el caso MULTIPACK DE VENEZUELA C.A., la cual sostuvo lo siguiente: “En el caso analizado habiéndose fundamentado la oposición en el derecho real de “uso” de la marca, debe forzosamente concluirse que su resolución corresponde a los órganos judiciales, con lo que forzosamente en definitiva debe declarar esta Sala que en la situación bajo examen el poder judicial si tiene jurisdicción...”.
Dispositiva
1.- QUE EL PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN PARA CONOCER Y DECIDIR la oposición del registro marcario de la expresión “SOMOS SEGURO”, formulada por la sociedad mercantil SEGUROS HORIZONTE C.A. 2.- QUE CORRESPONDE AL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conocer y decidir la oposición planteada por la sociedad mercantil SEGUROS HORIZONTE C.A., al registro de la expresión “SOMOS SEGURO”, por la empresa Universal de Seguros C.A. 3.- SE REVOCA la decisión dictada el 27 de agosto de 2003, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la cual se declaró que el Poder Judicial no tenía jurisdicción para conocer del presente caso.
Palabras clave
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