Sentencia N° 961 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de junio de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 00961, Exp. 2003-0553, 01/07/2003
Expediente2003-0553
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-06-26
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La abogada Carmen Alejandra Mata interpuso un recurso de nulidad y acción de amparo cautelar contra la minuta de la Comisión Judicial que determinó la renuncia de su representada al cargo de Defensora Pública. La Sala Político-Administrativa, tras analizar la admisibilidad del recurso, decidió que la acción de amparo era improcedente, argumentando que no se evidenció una violación grave de los derechos constitucionales de la actora. La Sala también destacó la necesidad de preservar la celeridad en la protección de derechos fundamentales.

Extracto de la motiva

La Sala concluye que cuando se proponga la solicitud de amparo conjuntamente con la acción de nulidad, una vez decidida la admisibilidad de la acción principal, deberá resolverse de forma inmediata sobre la medida cautelar requerida y en caso de ser acordada, se abrirá cuaderno separado con el objeto de tramitar la oposición respectiva, remitiéndose éste seguidamente al Juzgado de Sustanciación conjuntamente con la pieza principal contentiva del recurso de nulidad, a fin de que se continúe la tramitación correspondiente.

Dispositiva

1.- Se declara COMPETENTE para conocer el presente caso. 2.- ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción y el agotamiento previo de la vía administrativa, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Carmen Alejandra Mata Mata, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MINERVA MARÍA GIOANINI GIL, contra la minuta de la reunión de la COMISIÓN JUDICIAL de fecha 15 de julio de 2002, mediante la cual se decidió que la renuncia de la accionante “al cargo de Defensora Pública se produjo en el momento mismo de su aceptación del cargo de Juez”. 3.- IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida en forma cautelar con el recurso de nulidad interpuesto.

Palabras clave

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