La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una decisión en relación a la consulta obligatoria de una sentencia sin número, donde se declaró con lugar el amparo cautelar solicitado por las empresas demandantes, suspendiendo la orden de reintegrar divisas. La decisión se basa en la necesidad de preservar los intereses de la República y el orden público. Se ordena notificar a los Juzgados Nacionales Primero y Segundo Contencioso Administrativo sobre el estado de la causa principal.
Extracto de la motiva
motivación y falso supuesto de hecho. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 8 II DE LA CONSULTA Vista la remisión en consulta de la sentencia sin número de fecha 29 de julio de 1998, dictada por la entonces Corte
Dispositiva
Ordena NOTIFICAR a los Juzgados Nacionales Primero y Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, para que informe dentro del lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la fecha en que conste en autos su notificación, el estado en que se encuentra la causa principal.
Palabras clave
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