Sentencia N° 959 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de abril de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00959, Exp. 2006-0606, 20/04/2006
Expediente2006-0606
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoInhibición
Fecha de la decisión2006-04-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inhibición planteada por la Jueza María Leonor Pineda García, quien alegó su impedimento para conocer un caso en el que había prestado patrocinio al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). La Sala determinó que la inhibición era procedente, fundamentándose en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, que establece las causales de inhibición de los jueces.

Extracto de la motiva

Conforme a las normas antes transcritas, el órgano jurisdiccional competente para conocer de la incidencia de inhibición planteada, es esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de corresponderle el conocimiento en alzada de las decisiones dictadas por los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario, en atención a lo dispuesto en el artículo 329 del Código Orgánico Tributario. Así se declara. Decidido lo anterior, corresponde a esta Sala determinar, de conformidad con los elementos cursantes en autos, si la inhibición planteada es procedente. En tal sentido se observa, que la inhibición se fundamenta en el hecho de que la Jueza del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, abogada María Leonor Pineda García, consideró que al haber prestado su patrocinio al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), una de las partes involucradas en el juicio ahora sometido a su conocimiento, se encuentra impedida de resolver dicho asunto en la sede judicial que preside, por estar incursa en la causal de inhibición contenida en el ordinal 9° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

1.- SU COMPETENCIA para conocer de la incidencia de inhibición planteada. 2.- CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada MARÍA LEONOR PINEDA GARCÍA, antes identificada, en su condición de Jueza del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, en el juicio incoado por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, contra la sociedad mercantil PINTA HOGAR DEL CENTRO, C.A. En atención a lo dispuesto en el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil, al haber sido declarada con lugar la inhibición, el sustituto, conforme a la ley, continuará conociendo del procedimiento antes identificado.

Palabras clave

inhibiciónjuecesprocedimiento civilimparcialidadtribunalesSENIATcontencioso administrativo

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