DecisiónNIEGA LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento formulado y la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nro. 00952, en la que se niega la homologación del desistimiento presentado por la abogada A. Mercedes Vásquez en representación de los ciudadanos Onésimo Vicuña Caballero y Pedro José Bravo González. Además, se declara la extinción de la acción por pérdida del interés procesal, dado que han transcurrido más de 24 años sin que los demandantes realicen actos procesales que evidencien su interés en continuar con el proceso. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal de los accionantes y la falta de cumplimiento con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
motiva el presente pronunciamiento, de fecha 03-10-1997. Ahora bien, han transcurrido en este juzgado, quince (15) días de despacho, hasta la fecha de hoy, sin que se observe que la accionante del recurso de hecho, haya consignado las copias certificadas que soportan su pretensión, y que dice en su libelo que acompaña a la presente solicitud, cuestión que como se observa de los autos no es cierto. Ello lleva a este juzgador a revisar el artículo 307 del texto adjetivo, el cual expresa lo siguiente: (…) y al no existir elemento alguno, como las copias certificadas que alega la accionante, no es posible hacer pronunciamiento alguno. En vista que la presente causa supera el término de cinco días para los efectos de la decisión, de acuerdo a la norma supra transcrita, sin que la parte haya cumplido con la obligación que le impone la misma norma, sin que haya consignado las copias respectivas y cuya
Dispositiva
1) NIEGA LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento formulado por la abogada A. Mercedes Vásquez, actuando con el carácter de apoderada judicial de los recurrentes. 2) La EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL.