La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por LEVEL 3 VENEZUELA, S.A. contra la sentencia interlocutoria que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos de una resolución del SENIAT. La Sala determinó que, tras la modificación de una sentencia definitiva relacionada, el objeto del recurso de apelación había decaído, dado que la medida cautelar era accesoria a la causa principal. Finalmente, se declaró el decaimiento del objeto del recurso de apelación.
Extracto de la motiva
Advertido lo anterior, una vez constatada la modificación a “con lugar” de la sentencia definitiva Núm. 034/2013 de fecha 4 de octubre de 2013, que decidió “sin lugar” el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil Level 3 Venezuela, S.A., dado el carácter accesorio de las medidas cautelares y su indefectible vinculación a la causa principal, se declara que ha decaído el objeto del recurso de apelación interpuesto por la aludida sociedad de comercio. (Vid. sentencia Núm. 1282 del 2 de octubre de 2014, caso: Zuoz Pharma, S.A.). Así se decide.
Dispositiva
Declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad de comercio LEVEL 3 VENEZUELA S.A., contra la sentencia interlocutoria Núm. 069/2013 de fecha 7 de junio de 2013.
Palabras clave
decisiónsuspensión de efectosrecurso de apelacióncontencioso tributario