Sentencia N° 947 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de agosto de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00947, Exp. 2016-0706, 03/08/2017
Expediente2016-0706
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2017-08-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 00947, confirma la decisión del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por DISTRIBUIDORA MOLINA A. Y ASOCIADOS, C.A. contra la Resolución Nro. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2014-0500 del SENIAT. La Sala considera que la multa impuesta por el incumplimiento en el enteramiento de las retenciones del impuesto al valor agregado es proporcional y no infringe los principios de capacidad contributiva y no confiscatoriedad, ya que la recurrente no probó adecuadamente su alegato de que la sanción era desproporcionada respecto a su capacidad económica.

Extracto de la motiva

La Sala Político-Administrativa, al analizar el caso, establece que la recurrente no demostró con pruebas suficientes que la sanción impuesta por el SENIAT vulnerara su capacidad contributiva o que resultara confiscatoria. Se enfatiza que el principio de capacidad contributiva debe ser respaldado por una actividad probatoria consistente, lo cual no ocurrió en este caso. Además, se señala que la multa fue calculada de acuerdo a los parámetros establecidos en el Código Orgánico Tributario, y que la Administración Tributaria actuó conforme a derecho al imponer la sanción por el incumplimiento en el enteramiento de las retenciones. La Sala concluye que la apelación carece de fundamento y confirma la decisión del tribunal inferior.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA MOLINA A. Y ASOCIADOS, C.A., contra de la Resolución No. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2014-0500. En consecuencia: PRIMERO: Se CONFIRMA la Resolución No. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2014-0500. SEGUNDA: Se condena en costas a la recurrente en un tres por ciento (3%) del monto de la cuantía del recurso, en virtud de haber resultado totalmente vencido en la presente causa.

Palabras clave

Contencioso TributarioSanciónCapacidad Contributiva

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