La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decreta la ejecución forzosa de la sentencia No. 05375, dictada el 03 de agosto de 2005, debido a que ha transcurrido el plazo para el cumplimiento voluntario del fallo. Se ordena a la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Obras Sanitarias (INOS) que informe sobre la forma y oportunidad de cumplimiento de la sentencia en un plazo de sesenta días. La decisión se fundamenta en la autonomía del ente demandado y en las prerrogativas que le confiere la ley.
Extracto de la motiva
Establecidas las circunstancias anteriores y visto que desde la fecha de la última de las notificaciones, a saber, 16 de enero de 2007 y hasta la fecha de solicitud de ejecución forzosa, esto es, 17 de mayo de 2007, ha transcurrido con creces el plazo para el cumplimiento voluntario del fallo, esta Sala observa: En primer término, debe tenerse en cuenta que el ente demandado es un instituto autónomo, que aunque está en liquidación conserva las prerrogativas propias de estos entes, por órgano de su junta liquidadora; por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, goza de los privilegios y prerrogativas que la ley nacional acuerda a la República, los estados, los distritos metropolitanos y los municipios. Así, en atención a lo antes expuesto, se estima pertinente aplicar el procedimiento establecido en el Capítulo II del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, De la Actuación de la Procuraduría General de la República en Juicio. En particular, el artículo 85 de dicho texto legal prevé: “Cuando la República sea condenada en juicio, el Tribunal encargado de ejecutar la sentencia notificará al Procurador o Procuradora General de la República quien, dentro del lapso de sesenta (60) días siguientes, debe informarle sobre su forma y oportunidad de ejecución. ... (omissis)” Por tanto, con base en el dispositivo transcrito, se ordena a la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Obras Sanitarias (INOS), que informe a esta Sala, dentro del lapso de sesenta (60) días continuos contados a partir de su notificación, la forma y oportunidad en que dará cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia No. 05375 de esta Sala, dictada el 03 de agosto de 2005.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN del fallo No. 05375, dictado en fecha 03 de agosto de 2005, con arreglo a lo previsto en el artículo 85 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, se ordena a la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Obras Sanitarias (INOS), que informe a esta Sala, dentro del lapso de sesenta (60) días contados a partir de su notificación, la forma y oportunidad en que dará cumplimiento a lo dispuesto en dicha sentencia. Se acuerda notificar a la Procuraduría General de la República de la presente decisión, de conformidad con lo contemplado en el artículo 95 del referido texto legal. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
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