Sentencia N° 946 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de agosto de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00946, Exp. 2012-0196, 08/08/2013
Expediente2012-0196
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2013-08-06
DecisiónDesistimiento Tácito

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de comparecencia de la parte recurrente a la Audiencia de Juicio fijada para el 13 de junio de 2013. Se determinó que, conforme a la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la inasistencia del demandante se considera como desistimiento del procedimiento. Por lo tanto, se declaró el desistimiento tácito del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por ALMACENADORA BRAPERCA, C.A. contra una providencia administrativa del Servicio Nacional de Contrataciones.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala emitir un pronunciamiento con relación a la falta de comparecencia de la parte recurrente, a la Audiencia de Juicio fijada para el 13 de junio de 2013. Al efecto, se observa: La Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en su artículo 82, dispone que una vez verificadas las notificaciones ordenadas en el auto de admisión, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes, el tribunal fijará la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio, a la cual deberán concurrir las partes y los interesados. Establece, además, que si el demandante no asistiera a la audiencia se entenderá desistido el procedimiento. Advierte la Sala en el caso bajo examen que, por auto del 16 de mayo de 2013, se fijó la celebración de la Audiencia de Juicio para el día jueves 13 de junio de 2013 a las doce y veinte minutos de la tarde (12:20 p.m.). Se aprecia, igualmente, que llegada la oportunidad para la celebración del señalado acto, la parte actora no compareció por sí ni por medio de apoderado, de lo cual se dejó expresa constancia en el expediente mediante auto de Secretaría del 13 de junio de 2013 (folio 290 del expediente). En atención a lo expuesto y visto que la parte recurrente no cumplió con la carga procesal de asistir a la Audiencia de Juicio previamente fijada, de lo cual se dejó expresa constancia en autos; esta Sala declara el desistimiento del procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se declara.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DESISTIMIENTO TÁCITO del procedimiento en el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil ALMACENADORA BRAPERCA, C.A., contra la Providencia Administrativa No. DG-2007-0000000398 de fecha 31 de octubre de 2007 dictada por el Director General del SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIONES. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial. Devuélvase el expediente administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

desistimientoaudienciaprocedimientojurisdiccióncontenciosoadministrativa

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