Sentencia N° 946 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de julio de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00946, Exp. 2011-0027, 14/07/2011
Expediente2011-0027
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-07-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia revocó la sentencia N° 0881 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Comercial Pa Hio, C.A. La Sala determinó que la aplicación de las reglas del delito continuado en la imposición de sanciones por incumplimiento de deberes formales era incorrecta, y que las sanciones debían ser calculadas como una sola infracción. Se confirmó la multa impuesta a la contribuyente por un total de 1.002,50 U.T.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la aplicación de las reglas del delito continuado en materia tributaria no es adecuada, dado que cada período impositivo debe ser considerado de manera autónoma. Se establece que la conducta infractora de la contribuyente, sancionada por la Administración Tributaria, se enmarca dentro de los ilícitos formales previstos en el Código Orgánico Tributario. La Sala reitera que la interpretación de la norma debe ser coherente con los principios del Derecho Tributario y que no se puede aplicar supletoriamente el Código Penal en este contexto. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia previa y en la necesidad de garantizar el debido proceso y la proporcionalidad de las sanciones.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia Nº 0881 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central el 1° de julio de 2010, la cual se REVOCA en lo referente a aplicación de las reglas del delito continuado en casos de sanciones por incumplimiento de deberes formales. 2.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad de comercio COMERCIAL PA HIO, C.A., por lo que queda FIRME la multa impuesta a su cargo por la cantidad de un mil dos con cincuenta unidades tributarias (1.002,50 U.T.). 3.- FIRME por no haber sido apelado por la contribuyente y no desfavorecer al Fisco Nacional, lo decidido por el tribunal a quo respecto al incumplimiento de los deberes formales consistentes en: (1) llevar los libros de compras del impuesto al valor agregado sin cumplir con las formalidades legales y reglamentarias; (2) exhibir en lugar visible el Registro de Información Fiscal (RIF); y (3) emitir facturas de ventas sin los requisitos pertinentes.

Palabras clave

recurso contencioso tributariosanciones tributariasdelito continuadoimpuesto al valor agregado

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