La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida de interés procesal en la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Promotora Di Gerónimo, C.A. contra el acto denegatorio del INDEPABIS. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal de más de diez años por parte de la demandante, quien no manifestó su interés en que se decidiera la causa tras la notificación ordenada por la Sala. Además, se revoca la medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el inmueble objeto del procedimiento, ordenando el levantamiento de dicha medida cautelar.
Extracto de la motiva
motivada, por prescindir de los hechos que hubiera podido aportar la sociedad mercantil Constructora Rivelex, C.A., en su condición de propietaria del bien inmueble objeto del contrato de opción de compraventa suscrito entre ésta y el ciudadano Juan Enrique Casterot Cardozo, -el cual dio lugar a la denuncia ante el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS)- visto que dicha Constructora no fue notificada del inicio del procedimiento administrativo. Adujeron que el referido órgano administrativo, debió conocer todos los elementos de hecho y de derecho derivados de la relación jurídica existente entre el denunciante y la empresa Constructora Rivelex, C.A., “(…) tomando en cuenta que es IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 19
Dispositiva
1.- LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DE INTERÉS PROCESAL en la demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos y medida cautelar innominada, interpuesta por los abogados Alfonso Graterol Jatar y Carlos Páez Pumar, y la abogada Ritza Quintero Mendoza, contra el acto denegatorio tácito del INDEPABIS. 2.- SE REVOCA la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada de oficio. 3.- SE ORDENA oficiar a la Oficina de Registro Público del Municipio El Hatillo del Estado Bolivariano de Miranda, a los fines del levantamiento de la medida cautelar.
Palabras clave
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