Sentencia N° 941 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de julio de 2024

TSJ/SPA, Sent. N° 00941, Exp. 2019-0262, 27/11/2024
Expediente2019-0262
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2024-07-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión número 00514, homologó una transacción judicial entre la Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela (CANTV) y Seguros Altamira, C.A., en el marco de una demanda por indemnización de daños y perjuicios. Se acordó levantar la medida cautelar de embargo preventivo respecto a Seguros Altamira, manteniendo el proceso judicial contra Proyectos Zeta Diez, C.A. por las pretensiones no incluidas en la transacción homologada.

Extracto de la motiva

De lo anterior, evidencia esta Sala que: 1) la presente causa debe continuar su curso legal con respecto a la empresa Proyectos Zeta Diez, C.A., en razón que no fue parte de la transacción homologada; y, 2) está plenamente constatado en autos la imposibilidad de efectuar de manera positiva la citación de la parte demandada pese que se llevaron a cabo y se agotaron todas y cada una de las actuaciones procesales pertinentes y necesarias a los fines de lograr su citación, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En tal sentido, se ordena remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala, para que la causa continúe respecto a la sociedad mercantil Proyectos Zeta Diez, C.A., en la etapa procesal correspondiente en lo que concierne al resto de las pretensiones que no formaron parte de la transacción homologada en la sentencia número 00514 dictada por esta Sala en fecha 18 de julio de 2024. Así se decide.

Dispositiva

1.- HOMOLOGADA la transacción judicial en los términos expresamente acordados y suscrito por la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) y la co-demandada sociedad mercantil SEGUROS ALTAMIRA, C.A. 2.- Se ACUERDA LEVANTAR la medida cautelar de embargo preventivo respecto a la co-demandada. 3.- Se MANTIENE EL PROCESO JUDICIAL de la demanda por indemnización de daños y perjuicios interpuesta por la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), contra la sociedad mercantil PROYECTOS ZETA DIEZ, C.A.

Palabras clave

proceso judicialtransaccióncitacionesnotificacionesindemnizaciónjurisdicción contencioso administrativa

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